Historia
y Arqueología Marítima
CAPITULO V
Codificación Internacional de los Contenedores. Marcaciones operativas obligatorias. Señales. Etiquetas. Marcas de Aprobación Convencionales.
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La rápida evolución mundial en el uso del contenedor como medio de transporte marítimo de mercaderías, obligó la creación de sistemas de control de los mismos y registraciones de utilización internacional. Todos los contenedores marítimos que circulen por las aguas internacionales, deben estar registrados en eel Bureau International du Container (B.I.C.) con asiento en París, Francia, institución que otorga el código del propietario al cual corresponde dicho contenedor, la identificación de categoría, el número de serie y su correspondiente número de autocontrol. Dichos números estan basados en una serie de cálculos matemáticos que permiten facilmente identifica a cada uno de los contenedores que operan en el transporte de carga marítima del mundo y en consecuencias, su responsable frente al comercio internacional. Codificación internacional del contenedor. A través de un sistema internacional podemos identificar un contenedor determinado. Dicho sistema se compone de varios códigos que en conjunto permiten conocer su origen, datos del propietario, tipo de contenedor, etc. El incremento del uso del contenedor en el mercado internacional trajo como consecuencias la necesidad de contar con un sistema que permitiera un control escrito del movimiento de los mismos, por parte de los distintos organismos y empresas que intervienen en su uso, fiscalización y manipuleo. La Organización Internacional de Normas (I.S.O.) se estableció un sistema de codificación de fácil lectura e interpretación (Norma I.S.O. N° 2716). El conjunto de estas indicaciones constituye el documento de identidad del contenedor, agrupando los siguientes datos: a) Código del propietario. b) Número de serie. c) Dígito de autocontrol. d) Código del país de origen. e) Código de dimensiones. El código de propiedad está compuesto por cuatro letras que ha sido registrado por el International Container Bureau (I.C.B.) que corresponde a una entidad que asegura que la exclusividad del código será respetada internacionalmente. Este código es reconocido por su última letra U. La elección del número de serie queda librado a la conveniencia del propietario del contenedor, los dígitos que lo componen no representan las características de la unidad. Si el total de cifras es menor de seis, se agregan ceros a la izquierda hasta completar las seis cifras establecidas. El dígito de autocontrol, determinado por las disposiciones de la norma I.S.O. correspondiente, es el medio que hace posible verificar la exactitud del código del propietario y el número de serie. El código de propietario está compuesto por cuatro letras, a las cuales se les asigna un valor detallado a continuación: CODIFICACION PARA PROPIETARIOS
El Código de Propietario, el Número de Serie y el dígito de autocontrol, son obligatorios. La responsabilidad de la asignación del código de propietario le corresponde a la I.S.O. debiendo registrarla en la Agencia Internacional del Contenedor (Bureau International des Conteneurs - B.C.I.) ya sea por comunicación directa con dicha agencia o bien por medio de organizaciones de registro afiliada a la misma. El Código del País de Origen indica en el cual el propietario del contenedor fue registrado y no indica la nacionalidad del propietario ni ninguna otra significación. El código del país de origen es opcional y consta de dos letras, en concordancia con el Código ALFA – 2. Bajo la denominación de País se incluyen también a localidades y terrenos que no son estados soberanos. El código de dimensiones y tipo de unidad comprende cuatro números arábigos correspondiendo los dos primeros dígitos a sus dimensiones en cuanto a largo y alto del contenedor y los dos dígitos restantes al tipo. Se entiende por túnel, a la cavidad longitudinal existente en la base del contenedor, diseñado especialmente para ser transportado por chasis tipo cuello de cisne.
Marcaciones Operativas Obligatorias. Todo contenedor debe manifestar obligatoriamente las siguientes marcas operativas Masa bruta máxima (Max Gross Wight) M.G.W., y Tara (Tare) TARE. Ambas marcas están registradas sobre el contenedor en kilogramos y libras, cumpliendo requisitos normados impresos en la Chapa de Aprobación C.S.C. Además existen dos marcas opcionales de volumen interno del contenedor (CU.CAP) y peso neto (Net). El volumen interno esta marcado en metro cúbico y en pie cúbico, en tanto el peso neto está marcado en kilogramos y libras. El peso neto es la capacidad de carga que tiene el contenedor y surge de la diferencia entre el peso bruto y la tara. El peso bruto es el peso del contenedor cargado y la tara es el peso del contenedor sin la carga. Obligatorias M.G.W. 20.320 Kg 44.785 lbs. TARE 2.350 Kg 5.180 lbs. NET. 17.970 Kg 39.600 Lbs. CU.CAP. 33,0 CU. MT Marcas 1.165 CU. FT. Opcionales Señales. Todo contenedor refrigerado debe llevar impresa o pegada, con carácter de obligatorio, una señal de advertencia que indica peligro eléctrico. El símbolo consiste en un triángulo de bordes negros, contando en su interior con la figura de un rayo en color negro sobre fondo amarillo. En forma optativa, puede llevar una señal que informa sobre la altura del contenedor. Es un símbolo rectangular de bordes negro con inscripciones numéricas que detallan: en la parte superior, su altura en metros, y, en la parte inferior, la altura en pies. Dichas cifras nunca serán inferiores a la altura real del contenedor. Se ubican en el contenedor en el ángulo inferior derecho. Etiquetas. Todo contenedor que transporte mercadería peligrosa, debe contar como mínimo con cuatro etiquetas que identifiquen dicha carga. Estas etiquetas deben estar colocadas en lugares bien visibles para que permitan una rápida visualización e identificación del tipo de mercadería que transporta y de acuerdo a una codificación internacional de símbolos emitido por la Organización Marítima Internacional (O.M.I.). Marcas de aprobación convencionales. Los contenedores, en su parte trasera, llevan varias chapas con inscripciones fijadas a los paneles de las puertas por medio de remaches, que significan su aprobación surgidas por convenios internacionales, los cuales regulan el uso del contenedor en el comercio internacional. Todos los contenedores con chapa C.S.C. están preparados para transportar mercaderías peligrosas. En ellas constan los datos de fecha de fabricación, código de identificación, datos de peso bruto, peso que soporta la estructura en su estiba, etc. La presencia de la chapa C.C.C. (Container Custon Convention), asegura la aprobación del contenedor por las aduanas de acuerdo al Convenio Aduanero sobre Contenedores del año 1972. Precintos. Uno de los elementos utilizados para la seguridad de la mercadería incorporada como carga del contenedor, en los distintos tipos existentes del mismo, es el precinto, el cual debe ser inspeccionado cuidadosamente durante todo su ciclo de transporte, desde su origen y hasta su destino final. Su control e inspección del contenedor en cuanto al estado de su correspondiente precinto, evita el desconocimiento del tramo de responsabilidad en el cual se produjo la avería del contenedor y su precinto de seguridad y/o el hurto o robo de la mercancía transportada como carga del mismo. La calidad del precinto debe ser suficientemente adecuado para asegurar la mercancía incorporada en el contenedor, del tipo de candado, acompañado de otras medidas de seguridad. Este elemento de seguridad en cuanto a la carga incorporada en el contenedor, no protege o evita los conocidos métodos de violación, tales como el corte del bullón de la traba donde se coloca dicho precinto o el corte del bullón de la manija, con los cuales se permite la abertura de las puertas del contenedor sin necesidad de romper el propio precinto de seguridad. De allí es de donde surge la necesidad de una correcta inspección del contenedor en cada una de sus transferencias de responsables en el ciclo de transporte del mismo. Todo precinto debe con tener una serie de exigencias tales como: 1 – Suficiente resistencia que impida su rotura accidental. 2 – Cuando el precinto es anulado de su uso de seguridad, el mismo debe ser destruido en su totalidad para evitar su nueva utilización. 3 – Ser complejo en su diseño estructural para impedir su duplicación. 4 – Debe ser individualmente identificado. 5 – Su diseño debe permitir la correcta y fácil visión de encontrarse perfectamente cerrado y que no permita ser fraguado o manipulado sin dejar señas. 6 – Una vez colocado el precinto, el mismo debe ser asentado en un Registro que determine la persona responsable de su colocación y el número asignado al mismo, lo cual integrará parte de la documentación pertinente al transporte de la carga. |
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